PROYECTO RECUPERACIÓN DEL RIO SURBA
lunes, 30 de mayo de 2016
ACTA DE REUNION PROYECTO DE REFORESTACION Y RECUPERACION AMBIENTAL
En Tuta, Boyacá, el viernes 27 de
mayo de 2016, se reunieron en la sala N.
4 de la planta de Diaco Gerdau, las siguientes personas
T.C. ALFREDO ANDRES DIAZ , Comandante Grupo
Mecanizado N. 1, Silva Plazas
PATRICIA INFANTE JIMENEZ,
representante de responsabilidad social de la empresa Gerdau-Diaco,
YUBER ACOSTA HERNANDEZ, Ingeniero
Ambiental Gerdau-Diaco,
ELVIA MARIA ROJAS, Jefe unidad
Servicios Publicos , Tuta-Boyacá
RICARDO ALEXIS SALAMANCA,
Profesional Agricola, Tuta- Boyacá
EDWIN FUERTES, Sub-dirección
Planeación Corpoboyacá
LUIS MIGUEL VIASUS Sub-dirección
Planeación Corpoboyacá
El objetivo de la reunión fue
socializar el proyecto de reforestación, recuperación de fuentes hídricas y
educación ambiental que lidera el Grupo Mecanizado N.1 Silva Plazas , el cual
busca tener impacto en los municipios de Tuta, Combita, Sotaquirá, Paipa,
Nobsa, Duitama, Belén, Tibasosa, Oicata
y para lo cual se invita como aliado principal como empresa privada
Diaco-Gerdau.
Los compromisos que se adquiere
son
Identificar 10 hectáreas por municipio las cuales cumplan las
especificaciones técnicas para que sean reforestadas, priorizando la fuente
hídrica en la cual se va a realizar la
recuperación.
Cada municipio debe determinan una institución educativa
para trabajar el proyecto con los estudiantes como multiplicadores ambientales.
Cada municipio y entidad debe delegar aun funcionario el
cual participara de manera activa en cada una de las actividades programas en
el proyecto
Determinar el tipo de material vegetal que se debe plantar
en las zonas definidas .
Se cita como próxima reunión el jueves 2 de junio a las 8:00
a.m. en las instalaciones de
Diaco-Gerdau. Tuta, Boyacá.
MARCO NORMATIVO
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Constitución
Política Colombia principios ambientales
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ART.
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TEMA
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CONTENIDO
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7
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Diversidad étnica y cultural de la
Nación
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Hace
un reconocimiento expreso de la pluralidad étnica y cultural de la Nación y
del deber del estado para con su protección
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8
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Riquezas Culturales y naturales de la
Nación
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Establece
la obligación del Estado y de las personas para con la conservación de las
riquezas naturales y culturales de la Nación
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49
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Atención de la salud y saneamiento
ambiental
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Consagra
como servicio público de la salud, y saneamiento ambiental y ordena al estado
la organización, dirección y reglamentación de los mismos
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58
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Función ecológica de la propiedad
privada
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Establece
que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, como
tal, le es inherente una función ecológica
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63
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Bienes del uso publico
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Determina
que los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales
de grupos étnicos y los demás bienes que determine la ley, son inalienables,
imprescriptibles e inembargables
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79
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Ambiente Sano
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Consagra
el derecho de todas la personas residentes en el país de gozar de un ambiente
sano
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80
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Planificación del manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales
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Establece
como deber del estado la planificación del manejo y aprovechamiento de los
recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservación, restauración o sustitución.
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88
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Acciones Populares
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Consagra
acciones populares para la protección de derechos e intereses colectivos
sobre el medio ambiente, entre otros bajo la regulación de la ley
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95
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Protección de los recursos Culturales y
naturales del país
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Establece
como deber de las personas la protección de los recursos culturales y
naturales del país y de velar por la conservación de un ambiente sano
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330
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Administración de los territorios indígenas
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Establece
la administración autónoma de los territorios indígenas, con ámbitos de
aplicación en los usos del suelo y la preservación de los recursos naturales,
entre otros.
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Normas
Generales
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Decreto ley 2811 de 1974
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Código
Nacional de los recursos naturales Renovales renovables RNR y no renovables
de protección al medio ambiente. El ambiente es patrimonio común, el estado y
los particulares deben participar en su preservación y manejo. Regula el
manejo de los RNR, la defensa del ambiente y sus elementos.
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Ley 23 de 1973
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Principios
fundamentales sobre prevención y control de la contaminación del aire, agua y
suelo y otorgo facultades al presidente de la república para expedir el
código de los recursos naturales
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Ley 99 de 1993
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Crea
el Ministerio del Medio ambiente y organiza el Sistema Nacional Ambiental
(SINA) y exige la planificación de la gestión ambiental de proyectos: los
principios que se destacan y que esta relacionados con las actividades
portuarias son: La definición de los fundamentos de la política ambiental, la
estructura del SINA en cabeza del Ministerio de Medio Ambiente, los
procedimientos de licenciamiento ambiental como requisitos para la ejecución
de proyectos, coactividades que puedan causar daño al ambiente y los
mecanismos de participación ciudadana en todas las etapas de desarrollo de
este tipo de proyectos.
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Decreto 1753 de 1994
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Define
la licencia ambiental LA: naturaleza, modalidad, y efectos; contenidos,
procedimientos, requisitos y competencias para el otorgamiento de LA
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Decreto 2150 de 1995 y sus normas
reglamentarias
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Reglamenta
la licencia ambiental y otros permisos. Y definen los casos en los que se
debe presentar Diagnostico Ambiental de alterativas, plan de manejo ambiental
y estudio de impacto ambiental.
Suprime
la licencia ambiental ordinaria
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Ley 388 de 1987
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Ordenamiento
territorial municipal y distrital y planes de ordenamiento territorial
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Ley 491 de 1999
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Define
el seguro ecológico y delitos contra los recursos naturales y el ambiente y
se modifica el código penal
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Decreto 1122 de 1999
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Por
el cual se dictan normas para la supresión de tramites
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Decreto 1124 de 1999
|
Por
el cual se reestructura el ministerio de medio ambiente
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Normatividad
Reserva Forestal
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Ley 2 de 1952
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Reserva
forestal y protección de suelos y agua
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Decreto 2811 de 1974 Libro II, parte
VIII
|
De
los bosques de las áreas de reserva forestal, los aprovechamientos
forestales, de la reforestación
Art.
194 Ámbito de aplicación; Art. 195 – 199
Definiciones;
Art. 196, 197, 200 y 241 medidas de
protección y conservación; Art 202 y 205 Áreas Reforéstales
Art.206
a 210 Áreas de reserva forestal; Art 211 a 224 aprovechamiento forestal.
|
|
Decreto 877 de 1976
|
Usos
del recurso forestal. Áreas de reserva forestales
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Decreto 622 de 1977
|
Sobre
Parque Nacionales Naturales – PNN
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Decreto 2787 de 1980
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Reglamenta
parcialmente l decreto Ley 2811 de 1974
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Ley 29 de 1986
|
Regula
áreas de reservas forestal protectora
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Resolución 868 de 1983
|
Sobre
tasa de aprovechamiento forestal
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Ley 139 de 1994
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Crea
el Certificado de Incentivo Forestal CIF
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Resoluciones del Ministerio del medio
ambiente (INDERENA) y Corporaciones Autónomas Regionales
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Establecen
vedas de varias especies vegetales a nivel nacional (INDERENA O Ministerio
del medio ambiente) o regiona (Corporaciones Autónomas Regionales).
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Resolución 0316 de 1974
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Veda
indefinida de las especies vegetales, pino colombiano,hojarasco,molinillo,caparrapi
y Robles,
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Resolución 213 de 1977
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Veda
total de líquenes y quiches.
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Decreto 0801 de 1977
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Veda
Permanente de helechos arborescentes
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Resolución 0473 de 1982
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Veda
parcial de la especie vegetal Vara de la Costa Pacifica
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Normatividad
Recurso Hídrico
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Decreto 2811 de 1974 Libro II Parte 3
|
Artículo
99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso de
explotación de material de arrastre
Art.
77 a 78 Clasificación de aguas.
Art.
80 a 85 Dominio de las aguas y cauces
Art.
86 a 89 Derecho al uso del agua
Art
134 a 138<. Prevención y control de contaminación
Art
149: Aguas subterráneas
Art
155: Administración de aguas y cauce
|
|
Decreto 1449 de 1977
|
Disposiciones
sobre conservación y protección de aguas, bosques, faunas terrestres y
acuáticas.
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Decreto 1541 de 1978
|
Aguas
continentales Art. 44 a 53. Características de otorgar concesiones de aguas
superficiales y subterráneas, Art 87 al 97 Explotación de material de
arrastre, Art 104 a 106 Ocupación de cause y control de vertimientos, Art.
220 a 224 Vertimiento por uso doméstico y municipal, Art 225: Vertimiento por
uso agrícola, Art. 226 al 230
Vertimiento por uso industrial, Art 231 Reglamentación de
vertimientos.
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Decreto 1681 de 1978
|
Sobre
recursos hidrobiológicos
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Ley 09 de 1979
|
Código
Sanitario Nacional
Art
51 al 54: Control y prevención de las aguas para consumo humano
Art
55: Aguas superficiales
Art.
69 al 79 Potabilización de Agua
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Decreto 2857 de 1981
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Ordenación
de protección de cuencas hidrográficas
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Decreto 2858 de 1981
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Modifica
el decreto 15 41 de 1978
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Decreto 2105 de 1983
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Reglamenta
parcialmente la Ley 09 de 1979 sobre potabilización y suministrito de agua
para el consumo humano
|
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Decreto 1594 de 1984
|
Normas
de vertimientos de residuos liquidos
Art.
1 a 21 Definiciones
Art
22 a 23 Ordenamiento del recurso agua
Art
29 Usos del Agua
Art
37 al 50 Criterios de Calidad
Art
60 al 71 Vertimientos de Residuos líquidos
Art
72 al 97 Normas de vertimientos
Art
142 Tasas retributivas
Art.
155 Procedimiento para la toma y análisis de muestras
|
|
Decreto 2314 de 1986
|
Concesión
de aguas
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Decreto 79 de 1986
|
Conservación
y protección del recurso agua
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Decreto 1700 de 1989
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Crea
Comisión de agua potable
|
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Ley 99 de
1993
|
Art.
10, 11, 24, 29 Prevención y control de las aguas. Tasas retributivas
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Documento COMPES 1750 de 1995
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Política
de manejo de agua
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Decreto 605 de 1996
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Reglamenta
los procedimientos de potabilización y sumisito de agua para consumo humano
|
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Decreto 901 de 1997
|
Tasa
retributiva por vertimientos líquidos puntuales a cuerpo de agua
|
|
Ley 373 de 1997
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Uso
Eficiente y ahorro del agua
|
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Decreto 3102 de 1998
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Instalación
de equipos de bajo consumo de agua
|
|
Decreto 475 de 1998
|
Algunas
normas técnicas de calidad de agua
|
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Decreto 1311 de 1998
|
Reglamenta
el literal G del artículo 11 de la Ley 373 de 1997
|
LAS
FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA han adoptado el manual de Medio Ambiente mediante
la RESOLUCIÓN NÚMERO 1174 DEL 2009. 07 DE SEPTIEMBRE DE 2009.
DESCRIPCIÓN DEL AREA DEL PROYECTO
Fuente: Oficina de Planeación Municipal
Duitama, capital de la provincia del
Tundama, ubicada estratégicamente siendo fundamental en el corredor industrial
de las provincias de mayor desarrollo del departamento de Boyacá; Limita por el
norte con el departamento de Santander, Municipios de Charalá y Encino; por el
sur con los municipios de Tibasosa y Paipa: por el oriente con los municipios
de Santa Rosa de Viterbo y Belén y por el occidente por el municipio de Paipa.
Extensión Total: 26.693 km2
Extinción Área urbana; 886 km2
Extensión Área rural: 25.807 km2
Altitud de la cabecera municipal (metros
sobre el nivel de mar): altura 2590 msnm.
Temperatura media: 16° C
Distancia de referencia: 50 kms de Tunja
(Capital), 240 km de Bogotá.
El rio Surba nace en la laguna de pan de azúcar
a 3900 msnm, efectúa un recorrido de aproximadamente 21.053 metros en sentido
este- oeste y posteriormente toma un sentido de norte - sur atravesando la
ciudad y desembocando en el rio Chicamocha. Atraviesa el corregimiento 3 el
cual está compuesto por 7 veredas así: Surba y Bonza, Quebrada de Becerras, San
Lorenzo de Arriba, San Lorenzo de Abajo, Higueras, El Cajón y agua tendida.
ÁREA DE ESTUDIO: RIO SURBA, CUENCA
ALTA DEL RIO CHICAMOCHA, BOYACÁ, COLOMBIA.
Afluentes del Rio Surba.
ANTECEDENTES
La alcaldía municipal y
su empresa de servicios públicos domiciliarios, EmpoDuitama, han realizado
eventuales jornadas de cuidado y limpieza del rio Surba, a pesar de estos
esfuerzos no se ha organizado una directriz clara y perdurable que conlleve a
las entidades a trabajar en torno al tema cada una aportando lo propio para
lograr que la cuenca y el entorno estén en equilibrio.
La erosión, el mal uso de
los suelos, la poda indiscriminada de árboles, la falta de cuidado con los
recursos naturales y la ausencia de conciencia sobre la importancia de cuidar
el medio ambiente han llevado de que este
rio, sufra no solo un desabastecimiento en su caudal sino un descuido
total en su entorno.
Los problemas ambientales
son generados por la falta de conciencia y desconocimiento del papel que juegan
los recursos naturales en la vida del hombre, el Grupo Mecanizado Silva Plazas
quiere conservar estos ecosistemas, ya que es compromiso de los seres humanos
defender la vida en la tierra y por directriz de la norma de normas y el Manual
Medio Ambiente adoptado por las Fuerzas Milites, nosotros tenemos estas
actividades no solo como compromiso sino como objetivo institucional.
No podemos continuar
ignorando la problemática que hoy se presenta a nuestro alrededor y de la cual
el hombre ha sido el causante pero tampoco hay que olvidar que si es el
principal destructor también es el único que posee las capacidades de
inteligencia para proteger y conservar el medio ambiente, por tal motivo es
importante comprometerse para diseñar estrategias que permitan salir de la
ignorancia sobre os temas ambientales y trabajar por la correcta utilización de
los mismos.
FORMULACION Y DESCRIPCION DEL PROYECTO
El Grupo de Caballería Mecanizado N° 1
General José Miguel Silva Plazas, tiene como responsabilidad ser guardián del
medio ambiente y por su ubicación en la vereda la Trinidad en la cual está
ubicado el Rio Suba fuente principal del suministro de agua para Duitama, se
considera de vital importancia buscar su preservación ya que este nace en la
Laguna de Pan de Azúcar a 3900 msnm, y desembocando en efectúa un recorrido de
aproximadamente 21053 metros en sentido este – oeste y posteriormente toma un
sentido norte – sur atravesando la ciudad el rio Chicamocha.
El área de protección del rio establecida
por el POT es de 30 metros a cada orilla contados a partir del eje aproximado
del rio.
Su caudal mínimo es de 100l/s, su caudal
medio de 640 l/s y su caudal máximo de 4743 l/s. Se localiza desde el boquerón
de Avendaños en la quebrada la zarza y en la divisoria de agua hasta la Cota
3200 msnm prolongada por el nor-oeste por la quebrada los Cacaos, siendo sus
principales afluentes la quebrada los Cacaos, los Corrales, Cañada las Minas,
quebradas las Minas y la quebrada la Zarza ocupando un área de 7020.6034 m2
Con este contexto podemos decir que esta
es la principal motivación que encontramos para trabajar de la mano con todas
las instituciones del orden nacional, departamental y municipal, buscando tener
el único propósito que es la restauración y recuperación de la cuenca del rio
Surba.
Para el Desarrollo del presente proyecto
se invitó a las siguientes entidades:
- -Parque
Nacionales
- -Corporación autónoma regional de Boyacá –
CORPOBOYACÁ
- - Gobernación de Boyacá
- -Secretaria de Fomento Agropecuario del
Departamento
- -Alcaldía de Duitama
- -Secretaria de industria, comercio y
turismo municipal
- -Secretaria de fomento agropecuario
municipal
- -SENA – Regional Boyacá
- -IE General José Miguel Silva Plazas
- -Empoduitama
- -Oficiales
de la reserva.
La comunidad habitantes de este sector
tiene un papel fundamental en cada una de las actividades mediante la educación
ambiental para lograr un promoción del uso racional de los recursos naturales.
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