lunes, 30 de mayo de 2016

MARCO NORMATIVO


Constitución Política Colombia principios ambientales
ART.
TEMA
CONTENIDO
7
Diversidad étnica y cultural de la Nación
Hace un reconocimiento expreso de la pluralidad étnica y cultural de la Nación y del deber del estado para con su protección
8
Riquezas Culturales y naturales de la Nación
Establece la obligación del Estado y de las personas para con la conservación de las riquezas naturales y culturales de la Nación
49
Atención de la salud y saneamiento ambiental
Consagra como servicio público de la salud, y saneamiento ambiental y ordena al estado la organización, dirección y reglamentación de los mismos
58
Función ecológica de la propiedad privada
Establece que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, como tal, le es inherente una función ecológica
63
Bienes del uso publico
Determina que los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables 
79
Ambiente Sano
Consagra el derecho de todas la personas residentes en el país de gozar de un ambiente sano
80
Planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales
Establece como deber del estado la planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
88
Acciones Populares
Consagra acciones populares para la protección de derechos e intereses colectivos sobre el medio ambiente, entre otros bajo la regulación de la ley
95
Protección de los recursos Culturales y naturales del país
Establece como deber de las personas la protección de los recursos culturales y naturales del país y de velar por la conservación de un ambiente sano
330
Administración de los territorios indígenas
Establece la administración autónoma de los territorios indígenas, con ámbitos de aplicación en los usos del suelo y la preservación de los recursos naturales, entre otros.

Normas Generales 
Decreto ley 2811 de 1974
Código Nacional de los recursos naturales Renovales renovables RNR y no renovables de protección al medio ambiente. El ambiente es patrimonio común, el estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo. Regula el manejo de los RNR, la defensa del ambiente y sus elementos.
Ley 23 de 1973
Principios fundamentales sobre prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo y otorgo facultades al presidente de la república para expedir el código de los recursos naturales
Ley 99 de 1993
Crea el Ministerio del Medio ambiente y organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA) y exige la planificación de la gestión ambiental de proyectos: los principios que se destacan y que esta relacionados con las actividades portuarias son: La definición de los fundamentos de la política ambiental, la estructura del SINA en cabeza del Ministerio de Medio Ambiente, los procedimientos de licenciamiento ambiental como requisitos para la ejecución de proyectos, coactividades que puedan causar daño al ambiente y los mecanismos de participación ciudadana en todas las etapas de desarrollo de este tipo de proyectos.
Decreto 1753 de 1994
Define la licencia ambiental LA: naturaleza, modalidad, y efectos; contenidos, procedimientos, requisitos y competencias para el otorgamiento de LA
Decreto 2150 de 1995 y sus normas reglamentarias
Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Y definen los casos en los que se debe presentar Diagnostico Ambiental de alterativas, plan de manejo ambiental y estudio de impacto ambiental.
Suprime la licencia ambiental ordinaria
Ley 388 de 1987
Ordenamiento territorial municipal y distrital y planes de ordenamiento territorial
Ley 491 de 1999
Define el seguro ecológico y delitos contra los recursos naturales y el ambiente y se modifica el código penal
Decreto 1122 de 1999
Por el cual se dictan normas para la supresión de tramites
Decreto 1124 de 1999
Por el cual se reestructura el ministerio de medio ambiente

Normatividad Reserva Forestal 
Ley 2 de 1952
Reserva forestal y protección de suelos y agua
Decreto 2811 de 1974 Libro II, parte VIII
De los bosques de las áreas de reserva forestal, los aprovechamientos forestales, de la reforestación

Art. 194 Ámbito de aplicación; Art. 195 – 199
Definiciones; Art. 196, 197, 200 y  241 medidas de protección y conservación; Art 202 y 205 Áreas Reforéstales

Art.206 a 210 Áreas de reserva forestal; Art 211 a 224 aprovechamiento forestal. 
Decreto 877 de 1976
Usos del recurso forestal. Áreas de reserva forestales
Decreto 622 de 1977
Sobre Parque Nacionales Naturales – PNN
Decreto 2787 de 1980
Reglamenta parcialmente l decreto Ley 2811 de 1974
Ley 29 de 1986
Regula áreas de reservas forestal protectora
Resolución 868 de 1983
Sobre tasa de aprovechamiento forestal
Ley 139 de 1994
Crea el Certificado de Incentivo Forestal CIF
Resoluciones del Ministerio del medio ambiente (INDERENA) y Corporaciones Autónomas Regionales
Establecen vedas de varias especies vegetales a nivel nacional (INDERENA O Ministerio del medio ambiente) o regiona (Corporaciones Autónomas Regionales).
Resolución 0316 de 1974
Veda indefinida de las especies vegetales, pino colombiano,hojarasco,molinillo,caparrapi y Robles,
Resolución 213  de 1977
Veda total de líquenes y quiches.
Decreto 0801 de 1977
Veda Permanente de helechos arborescentes
Resolución 0473 de 1982
Veda parcial de la especie vegetal Vara de la Costa Pacifica





Normatividad Recurso Hídrico 
Decreto 2811 de 1974 Libro II Parte 3
Artículo 99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso de explotación de material de arrastre

Art. 77 a 78 Clasificación de aguas.
Art. 80 a 85 Dominio de las aguas y cauces
Art. 86 a 89 Derecho al uso del agua
Art 134 a 138<. Prevención y control de contaminación
Art 149: Aguas subterráneas
Art 155: Administración de aguas y cauce
Decreto 1449 de 1977
Disposiciones sobre conservación y protección de aguas, bosques, faunas terrestres y acuáticas.
Decreto 1541 de 1978
Aguas continentales Art. 44 a 53. Características de otorgar concesiones de aguas superficiales y subterráneas, Art 87 al 97 Explotación de material de arrastre, Art 104 a 106 Ocupación de cause y control de vertimientos, Art. 220 a 224 Vertimiento por uso doméstico y municipal, Art 225: Vertimiento por uso agrícola, Art. 226 al 230  Vertimiento por uso industrial, Art 231 Reglamentación de vertimientos.

Decreto 1681 de 1978
Sobre recursos hidrobiológicos
 Ley 09 de 1979
Código Sanitario Nacional

Art 51 al 54: Control y prevención de las aguas para consumo humano
Art 55: Aguas superficiales
Art. 69 al 79 Potabilización de Agua
Decreto 2857 de 1981
Ordenación de protección de cuencas hidrográficas
Decreto 2858 de 1981
Modifica el decreto 15 41 de 1978
Decreto 2105 de 1983
Reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 sobre potabilización y suministrito de agua para el consumo humano
Decreto 1594 de 1984
Normas de vertimientos de residuos liquidos

Art. 1 a 21 Definiciones
Art 22 a 23 Ordenamiento del recurso agua
Art 29 Usos del Agua
Art 37 al 50 Criterios de Calidad
Art 60 al 71 Vertimientos de Residuos líquidos
Art 72 al 97 Normas de vertimientos
Art 142 Tasas retributivas
Art. 155 Procedimiento para la toma y análisis de muestras
Decreto 2314 de 1986
Concesión de aguas
Decreto 79 de 1986
Conservación y protección del recurso agua
Decreto 1700 de 1989
Crea Comisión de agua potable
Ley 99 de
 1993
Art. 10, 11, 24, 29 Prevención y control de las aguas. Tasas retributivas
Documento COMPES 1750 de 1995
Política de manejo de agua
Decreto 605 de 1996
Reglamenta los procedimientos de potabilización y sumisito de agua para consumo humano
Decreto 901 de 1997
Tasa retributiva por vertimientos líquidos puntuales a cuerpo de agua
Ley 373 de 1997
Uso Eficiente y ahorro del agua
Decreto 3102 de 1998
Instalación de equipos de bajo consumo de agua
Decreto 475 de 1998
Algunas normas técnicas de calidad de agua
Decreto 1311 de 1998
Reglamenta el literal G del artículo 11 de la Ley 373 de 1997



LAS FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA han adoptado el manual de Medio Ambiente mediante la RESOLUCIÓN NÚMERO 1174 DEL 2009. 07 DE SEPTIEMBRE DE 2009.

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